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12/07/2017 | 21:19hs
•BELLA VISTA

Censo para Personal de la Marina Mercante Nacional

Considerando lo prescrito en el Art. 104 de la Ley N° 20.094 “Ley de la Navegación”, el cual estipula que la Prefectura debe mantener actualizado el Registro Nacional del Personal de la Navegación. 

La Prefectura Bella Vista pone en conocimiento al Personal de la Marina Mercante Nacional que comenzó el censo obligatorio para el personal de la Marina Mercante, que se realizará hasta el 31 de octubre del corriente año en todas las dependencias de la Prefectura Naval Argentina del país sin costo alguno en tanto sea realizado en el término indicado.
 
El empadronamiento, que se lleva a cabo cada cinco años, es un requisito esencial para la habilitación de los embarcos tanto a nivel nacional como internacional. 

Cabe destacar que el trámite se encuadra en el decreto 572/94 (Reglamento de Formación y Capacitación del Personal Embarcado de la Marina Mercante) y en la Resolución Ministerial 285/03 (Reglamento para la habilitación y registro del personal navegante correspondiente a buques con servicios especiales). 

Para cualquier consulta presentarse en la Sección POLINAVE de ésta Dependencia, sita en Av. Ing. Humberto Canale N° 198, de lunes a viernes hábiles 0700 a 1300 horas.   




Link:
http://www.megalatinafm.com.ar/notix/noticia/03541_cen-oparaper-onaldelamarinamercantenacional-3.htm